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sábado, 30 de mayo de 2015
• La Comisión encontró que sin la presión competitiva que ejercen las importaciones de papel bond cortado, esta operación presentaría riesgos a la competencia
• Por ello, la COFECE aceptó el compromiso, presentado por la concentración Bio Pappel-Scribe, de abstenerse de solicitar a la Secretaría de Economía o entidad competente cualquier investigación por prácticas desleales de comercio internacional en relación con la importación de papel bond cortado
• Los promoventes tienen 10 días hábiles para aceptar las condiciones, de lo contrario la operación se dará por no autorizada
México, D.F. a 29 de mayo de 2015.- La Comisión Federal de Competencia Económica (COFECE) aceptó los compromisos presentados por Grupo Bio Pappel para concentrarse con Corporación Scribe, con ellos, se estimó, que se evitaría que la operación genere riesgos a la competencia y libre concurrencia en el mercado de papel bond cortado.
Bio Pappel, el comprador, es una sociedad pública nacional propietaria de empresas dedicadas a la producción de fibras recicladas como materia prima de papel y a la fabricación y comercialización de productos de papel para impresión, escritura y empaque. Scribe, también mexicana, opera subsidiarias cuya principal actividad es la producción de materia prima para papel, la fabricación y comercialización de papel para la impresión y escritura, papel sanitario y facial.
Las empresas a concentrarse coinciden en la fabricación de papel bond en rollo y bond cortado, ambos para uso de impresión y escritura. Además, las dos producen materias primas para papel, Bio Pappel lo hace a partir de fibras secundarias (reciclables) y Scribe de celulosa virgen. Pese a esta diferencia, los insumos que generan ofrecen las mismas características, por lo que se considera que ambos son sustitutos y forman parte de un único mercado de insumos para el papel.
Sobre esta operación, la COFECE determinó que en el mercado de insumos para la fabricación de papel, la fusión tendría pocas probabilidades de afectar el proceso de competencia y libre concurrencia, ya que la producción de ambas empresas es únicamente para el autoconsumo. Por otro lado, los mercados de celulosa y fibras secundarias están abiertos a las importaciones de los países con los que México tiene firmados Tratados de Libre Comercio.
La COFECE también consideró que la operación no tendría efectos adversos a la competencia en el mercado del papel bond en rollo, ya que Scribe y Bio Pappel enfrentan la competencia de productores importantes ubicados en Estados Unidos y Canadá, de donde provienen el 98% de las importaciones de éste producto. Adicionalmente, se considera que la operación tiene pocas probabilidades de dañar la competencia y libre concurrencia en este mercado, debido a que la participación de México en la producción de papel bond a nivel TLCAN es del 2.9 %.
En contraste, la Comisión encontró que la operación sí podría afectar la competencia y libre concurrencia en el mercado de papel bond cortado, debido a que existe un riesgo es real y significativo, debido a que las empresas involucradas en la operación se encontrarían en posibilidad de promover investigaciones antidumping sobre las importaciones de los principales países de donde actualmente proviene este producto: Estados Unidos, Finlandia, Indonesia y Portugal. Además en el pasado reciente la industria nacional obtuvo resoluciones favorables para imponer cuotas antidumping que limitaron significativamente las importaciones.
Bajo estas consideraciones, existía el riesgo de que las importaciones disminuyeran y, en el extremo, se eliminaran por completo, lo que resultaría en una estructura de mercado con características de duopolio. Con ello, en un contexto de altas barreras a la entrada, los dos productores nacionales estarían en posibilidades de incrementar los precios a sus clientes.
Ante ello, los agentes económicos ofrecieron no solicitar ante la Secretaría de Economía u otra autoridad competente, cualquier investigación por prácticas desleales de comercio internacional en relación con la importación de papel bond cortado proveniente de países con los que México tiene firmados tratados de libre comercio.
Tampoco promoverán, apoyarán, participarán o proporcionarán información para estudios o investigaciones emprendidas por otros agentes económicos que tengan por objeto solicitar alguna investigación por prácticas desleales de comercio internacional en relación con la importación de papel bond cortado originario de países con los que nuestro país tiene firmado un acuerdo comercial.
Estos compromisos tendrán una vigencia de 10 años, según estableció la resolución tomada por el Pleno de la COFECE. No obstante, antes de que se cumpla dicho periodo, la empresa podrá solicitar a la Comisión que reduzca el plazo, siempre y cuando exista evidencia de que las condiciones de competencia en el mercado han cambiado y no se observen riesgos para ésta.
Bio-Pappel-Scribe tienen un plazo de 10 días hábiles para aceptar en su totalidad las condiciones señaladas, en caso de no hacerlo se tendrán por no impuestas y por no autorizada la concentración.
El incumplimiento de cualquiera de las condiciones impuestas será sancionado en términos de la Ley Federal de Competencia Económica, incluyendo, en su caso, la desconcentración parcial o total del negocio que resulte de la operación.