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miércoles, 8 de noviembre de 2023


  • La Autoridad Investigadora concluyó su investigación y emitió dictamen de probable responsabilidad.
  • Con este emplazamiento inicia el procedimiento seguido en forma de juicio, en el que el agente económico podrá manifestar lo que a su derecho convenga respecto de las presuntas imputaciones en su contra.



Ciudad de México, 8 de noviembre de 2023.- La Comisión Federal de Competencia Económica (Cofece o Comisión) emplazó a una empresa que presumiblemente abusó de su posición dominante de mercado para realizar conductas probablemente anticompetitivas de ventas atadas o empaquetamientos en el mercado de servicios de publicidad digital y servicios relacionados. Estas conductas, conocidas como prácticas monopólicas relativas y sancionables de acuerdo con la Ley Federal de Competencia Económica, fueron imputadas en el Dictamen de probable Responsabilidad emitido por la Autoridad Investigadora de la Cofece (expediente IO-003-2020).


Con este emplazamiento inicia la etapa del procedimiento seguido en forma de juicio, en el que el probable responsable podrá manifestar lo que a su derecho convenga, ofrecer pruebas relacionadas con las presuntas imputaciones hechas en su contra y presentar alegatos. Una vez desahogado el procedimiento, el Pleno de la Cofece resolverá conforme a derecho. De comprobarse que se llevó a cabo alguna práctica monopólica relativa, la Comisión ordenará la corrección o supresión de la práctica ilegal y los infractores podrían recibir una multa de hasta el 8% de sus ingresos anuales.


Los servicios de publicidad digital son las comunicaciones comerciales provistas por medios y plataformas digitales, a la cual recurren anunciantes para informar, persuadir o fortalecer el reconocimiento de una marca o servicio en particular. La publicidad digital es el medio publicitario más utilizado en México y, en los últimos años, su uso se ha incrementado continuamente a nivel global. Estos servicios forman parte de los mercados digitales, que son uno de los sectores prioritarios en los que la Cofece enfoca sus esfuerzos debido a su creciente relevancia en la economía y los beneficios que representa para los emprendedores y consumidores mexicanos.


La Comisión continuará orientando sus esfuerzos a la detección y persecución de conductas anticompetitivas que podrían afectar a los mercados digitales y reafirma su invitación a que toda persona que cuente con información de prácticas ilegales en materia de competencia, presente su denuncia ante la Cofece.


Cofece emplaza a empresa por probables prácticas anticompetitivas en el mercado de servicios de publicidad digital

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sábado, 13 de enero de 2018


  • El Dictamen de Probable Responsabilidad de la Autoridad Investigadora plantea que los agentes económicos y personas físicas emplazados posiblemente cometieron conductas anticompetitivas conocidas como negativa de trato y discriminación de precios, ambas sancionadas por la Ley Federal de Competencia Económica.
  • Las prácticas monopólicas relativas son aquellas en la que uno o varios participantes con poder sustancial en un mercado realizan una conducta para desplazar o impedir el acceso a sus competidores o establecer ventajas exclusivas en favor de uno o varios agentes económicos.
  • Con este emplazamiento inicia el procedimiento seguido en forma de juicio, en el cual los emplazados podrán defenderse de las presuntas imputaciones que se hacen en su contra.
Ciudad de México, 12 de enero de 2018.- La Comisión Federal de Competencia Económica (COFECE o Comisión) emplazó a diversos agentes económicos por su probable responsabilidad en la realización de prácticas monopólicas relativas en el mercado de generación, procesamiento y comercialización de información crediticia.
La investigación de este asunto inició el 5 de enero de 2015 y concluyó el 25 de septiembre del 2017 con la emisión, por parte de la Autoridad Investigadora, de un Dictamen de Probable Responsabilidad en el que señala que tuvo conocimiento de hechos que posiblemente derivaron en la realización de prácticas monopólicas relativas, conocidas como discriminación de precios; es decir, establecer precios o condiciones diferentes para compradores en igualdad de circunstancia, y negativa de trato, que implica no vender o proporcionar un bien o servicio que normalmente se ofrece a terceros; ambas son sancionadas por la Ley Federal de Competencia Económica.
Las prácticas monopólicas relativas son aquellas en las que uno o varios participantes de un mercado tienen poder sustancial que utilizan para desplazar indebidamente a sus competidores, impedirles su acceso o establecer ventajas exclusivas en favor de uno o varios agentes económicos.
Con este emplazamiento a los agentes económicos, inicia la etapa del procedimiento seguido en forma de juicio, a cargo de la Secretaría Técnica de esta Comisión, en el cual los probables responsables podrán manifestar lo que a su derecho convenga y ofrecer pruebas relacionadas con las presuntas imputaciones hechas en su contra. Una vez realizadas estas manifestaciones, desahogadas las pruebas y presentados los alegatos correspondientes, el Pleno de la COFECE podrá resolver lo que conforme a derecho proceda.
De acuerdo a la Ley Federal de Competencia Económica, de comprobarse la existencia de una práctica monopólica relativa, los agentes económicos podrían recibir multas de hasta el 8% de sus ingresos.

Emplaza COFECE a diversos agentes económicos por conductas anticompetitivas, negativa de trato y discriminación de precios

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