JUEVES 6 DE OCTUBRE DE 10:00 A.M. A 13:00 A.M.
Caso: La Expansión del Monocultivo de Palma Africana y su Posible Impacto en las fuentes de agua en Guatemala
Caso: Posible colapso hídrico y violación al derecho humano al agua y otros derechos por proyecto de infraestructura vial y urbanización salvaje en Morelia, Michoacán, México.
VIERNES 7 DE OCTUBRE DE 12:30 A.M. A 13:30 A.M.
LECTURA VEREDICTOS
AUDIENCIAS PUBLICAS DEL TRIBUNAL LATINOAMERICANO DEL AGUA
EN EL EX TEMPLO DE CORPUS CHRISTI
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Caso: La Expansión del Monocultivo de Palma Africana y su Posible Impacto en las fuentes de agua en Guatemala
Actor del contradictorio: Red de Comunidades Afectadas por el Cultivo de Palma Africana de Sayaxché, la Franja Transversal del Norte y la Costa Sur de Guatemala.
En oposición a: Estado de Guatemala, representado por el Presidente de la República, Otto Fernando Pérez Molina, por su omisión en garantizar el derecho a la vida, a la salud y el acceso al agua para las comunidades demandantes. Gremial de Palmicultores de Guatemala(GREPALMA), a través de su Presidente: señor José Santiago Molina.
Objeto del Contradictorio:
La expansión del área cultivada con palma africana provocaron la destrucción de bosques (por deforestación) y diversos ecosistemas, pérdida de fuentes de agua vitales para la agricultura que se practica en las regiones. Las plantaciones de monocultivos, como palma, no son bosques, sino ecosistemas uniformes que sustituyen los ecosistemas naturales y su biodiversidad, esto resulta en impactos negativos como el decrecimiento de la producción de agua.
La población es también directamente afectada en su derecho a la salud, pues la contaminación que se ejerce en fuentes de agua, tanto por desechos agrícolas como por agroquímicos utilizados para el cultivo de palma, tiene consecuencias sobre la salud de las personas, como enfermedades en la piel, alteraciones en el desarrollo físico de las personas, abortos, diarreas, esterilidad, entre otros.
Los principales problemas asociados al agua responden al uso intensivo que de este bien público hacen las empresas palmeras; el desvío y alteración de los caudales para introducirlos en los territorios de plantación; así como la contaminación por descarga de desechos a los afluentes, provocando la muerte de diversas especies.Destacan los siguientes casos de desvíos de ríos:el del cauce de los ríos Pacayá, Talpope, Mopa, Talticú, en el territorio ocupado por las fincas San Juan El Horizonte (fraccionada en 3 partes: Cañasol, La Parada y La Plata), El Ojushte, Poza Rica, y de las Haciendas Tres
Caso: Posible colapso hídrico y violación al derecho humano al agua y otros derechos por proyecto de infraestructura vial y urbanización salvaje en Morelia, Michoacán, México.
Actor del contradictorio: Movimiento Ciudadano en defensa de la Loma de Santa María. Vecinos de la Colonia Ejidal Ocolusen y Jardines del Rincón, en la Ciudad de Morelia, Michoacán (México).
En oposición a: Secretaria de Comunicaciones y Transportes Lic. Gerardo Ruiz Esparza, Secretario de SCT, Secretaria de Medio Ambiente y Recursos Naturales. Lic. Rafael Pacchiano Alaman, Secretario de SEMANANT , Comisión Nacional del Agua, Roberto Ramírez de la Parra, Director General, Gobernador del Estado de Michoacán de Ocampo. Ing Silvano Aureoles Conejo Gobernador Constitucional, Presidente Municipal de Morelia. Ing. Alfonso Jesús Martínez Alcázar .
Objeto del Contradictorio: Como resultado del proceso de urbanización salvaje en Morelia, se ha dado una afectación de las áreas forestales y de recarga de acuíferos ubicadas sobre todo en la parte sur de la ciudad donde se ubican las subcuencas del río Grande y Chiquito, pertenecientes a la cuenca del lago de Cuitzeo. También se desecaron algunos humedales como la Laguna de la Soledad y se destruyeron tierras de cultivo y pastizales dentro de la mancha urbana y sus inmediaciones. La vulnerabilidad de la ciudad se incrementó al autorizarse fraccionamientos y vialidades en zonas de alto riesgo geológico y en zonas inundables, por su cercanía a los ríos Grande y Chiquito.