· El proyecto se turnó al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales
El Pleno del Senado aprobó el dictamen que reforma el artÃculo 114 Octies y adiciona los artÃculos 114 Nonies y 232 Septies de la Ley Federal del Derecho de Autor, en materia de responsabilidad secundaria de los proveedores de servicios de internet.
Con 72 votos a favor y 37 en contra, la asamblea avaló, en lo general, la minuta recibida por la Cámara de Diputados.
En la discusión en lo particular, senadores del Grupo Parlamentario del PAN y de MC presentaron cuatro propuestas de modificación, pero al no ser aceptadas por el Pleno, el dictamen se aprobó en sus términos con 70 votos a favor y 37 en contra; posteriormente, el documento fue enviado al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.
Las reformas establecen en la Ley Federal del Derecho de Autor que el proveedor de servicios de internet será responsable de las infracciones cometidas por los usuarios de sus servicios cuando incumpla con lo previsto en el artÃculo 114 Octies de la ley.
También será responsable cuando contribuya, induzca o cause la conducta infractora y tenga conocimiento de la misma, o tenga la capacidad de controlar la conducta del usuario infractor y obtenga un beneficio financiero directamente atribuible a la actividad infractora.
Se añade que el proveedor de estos servicios que incumpla con los requisitos previstos en el artÃculo 114 Octies de esta Ley, y se ubique dentro de alguno de los supuestos del artÃculo 114 Nonies, será responsable de las mismas infracciones cometidas por el usuario en términos del artÃculo 231 de la Ley Federal del Derecho de Autor.
En consecuencia, esa infracción será sancionada por el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial con multa de cinco mil hasta 40 mil veces la Unidad de Medida y Actualización (UMA) en los casos previstos en las fracciones I, II, III, IV, V, VII, VIII y IX del artÃculo 231 de la Ley.
Asimismo, con mil y hasta cinco mil veces la UMA en los casos previstos en la fracción VI del artÃculo 231 de la Ley, y de 500 hasta mil veces la UMA en los demás casos a que se refiere la fracción X del artÃculo 231. Agrega que se aplicará multa adicional de 100 hasta 500 veces la UMA a quien persista en la infracción.
Entre los cambios, también se establece que los proveedores de servicios de internet no serán responsables por los daños y perjuicios ocasionados a los titulares de derechos de autor, siempre que cuenten con una polÃtica para suspender la prestación del servicio a infractores reincidentes.
Dicha polÃtica deberá hacerse del conocimiento público de sus usuarios mediante su publicación permanente en el sitio del proveedor, asà como su incorporación a los términos y condiciones de la prestación del servicio. La polÃtica deberá contener mecanismos mÃnimos de notificación al usuario.
Al presentar el dictamen, el presidente de la Comisión de EconomÃa, Emmanuel Reyes Carmona, afirmó que estas reformas no imponen mecanismos de censura previa ni alteran la neutralidad tecnológica del ecosistema digital, es decir, no se hacen presunciones absolutas de culpabilidad.
Indicó que no hay sanciones por la mera prestación de un servicio, sino ante conductas que reúnan los requisitos legales previstos. “Se trata de ajustar el marco jurÃdico para combinar la proporcionalidad y el respeto de derechos fundamentales, asà como reconocer el valor de la creatividad y promover la responsabilidad”, apuntó.
Por su parte, el presidente de la Comisión de Estudios Legislativos Primera, Manuel Huerta Ladrón de Guevara, dijo que los derechos de autor en la era digital no son un asunto exclusivo de las grandes empresas, pues también comprenden el trabajo de quienes crean, producen y editan contenidos culturales, asà como el reconocimiento de internet como un espacio abierto para el aprendizaje y la libertad de expresión.
En tal sentido, anunció su voto a favor de la minuta al estimar que con el dictamen se protege el trabajo creativo, pero las libertades de las personas se mantienen a salvo. “No son reformas que responsabilicen a quienes proporcionan un servicio tecnológico; tampoco fija una facultad de bloqueo generalizado”, precisó.
Al fijar el posicionamiento de Morena, MarÃa Guadalupe Chavira de la Rosa aseguró que esta reforma busca armonizar la legislación nacional con lo establecido en el T-MEC y rechazó que ponga lÃmites a expresiones como, por ejemplo, la caricatura polÃtica y los moneros, sino que regula la responsabilidad de los proveedores a través de medidas administrativas, más no con acciones penales.
Gina Gerardina Campuzano González, senadora del PAN, advirtió que la modificación legal está “disfrazada de protección a los creadores” de contenido, pues puede ayudar esconder o borrar investigaciones, denuncias, videos y hasta memes incómodos; por ello, sostuvo que su Grupo Parlamentario “no defiende la piraterÃa”, pero denuncia el riesgo de censura “porque proteger a los creadores no es lo mismo que blindar a un funcionario”.
Del PVEM, Maki Esther Ortiz DomÃnguez enfatizó que la reforma debe fortalecer los derechos de los creadores, no limitar a quienes utilizan la red, pues una legislación moderna no sólo establece sanciones, también tiene que brindar certeza jurÃdica; “es importante asegurar que esta ley no genere censura, no limite la creatividad y no se convierta en un medio para vulnerar la privacidad de los usuarios”, agregó.
El senador Manuel Añorve Baños, del PRI, señaló que esta reforma parte de la “lógica” de que “cuando algo incomoda al poder, se busca controlarlo”, lo cual, consideró, es una muestra de “autoritarismo”, ya que una democracia no debe “sentir miedo” por memes, por la sátira polÃtica, por un periodista incómodo, un video crÃtico o por las redes sociales.
Yeidckol Polevnsky Gurwitz, del PT, destacó que el internet ha ampliado el acceso a la cultura y ha abierto espacios para que más personas difundan sus creaciones, por lo que este dictamen plantea una protección al intercambio de ideas, en un contexto en el que el avance tecnológico debe estar acompañado de reglas que protejan a los creativos, den certeza a proveedores y preserven los derechos de los usuarios.
De Movimiento Ciudadano, Clemente Castañeda Hoeflich criticó que no debe utilizarse el T-MEC como pretexto para impulsar una reforma de esta naturaleza. Señaló que, si bien es necesario modificar la legislación en esta materia, los cambios no deben poner en riesgo la libertad de expresión de las y los creadores de contenido en plataformas digitales y deben respetar los principios de proporcionalidad y taxatividad que exige la Constitución.
Previamente, la asamblea rechazó una moción suspensiva presentada por la legisladora Claudia Edith Anaya Mota, del PRI.

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